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DECRETO 22/2013, de 5 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la primera convocatoria de las mismas


CONSULTA E INFORMACIÓN DE LA TRAMITACIÓN DE AYUDAS FORESTALES


Para cualquier tipo de información, consulta o aclaración relacionada con la tramitación de expedientes de ayudas forestales puede contactar con el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal a través del siguiente correo electrónico:   Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

TABLÓN DE ANUNCIOS

Nuevo NOTA INFORMATIVA RELATIVA A CRITERIOS TÉCNICOS PARA LA CERTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES REGULADAS POR EL DECRETO 22/2013, de 5 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la primera convocatoria de las mismas

RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se autoriza adelantar el inicio de la poda de formación para las forestaciones de tierras agrarias con alcornoque (Quercus suber L.) acogidas a la subvención del Decreto 22/2013, para la campaña 2014/2015
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NOTA INFORMATIVA Relativa a la obligatoriedad de comunicar la renuncia a la subvención cuando los trabajos no se vayan a ejecutar. Decreto 22/2013 de subvenciones para la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados.

ANUNCIO CONVOCATORIA REUNIÓN INFORMATIVA: Decreto 22/2013, de 5 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la convocatoria de las mismas, modificado por el Decreto92/2014, de 27 de mayo.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL Nº 4, DE MUNICIPIOS del Decreto 22/2013 y primera convocatoria de las mismas.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA A LOS PARTICULARES PARA LA CONCESIÓN DE  SUBVENCIONES A LA REGENERACIÓN Y OTRAS MEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS, ASÍ COMO LA DESESTIMACIÓN DE LAS SOLICITUDES POR REBASAR LA CUANTÍA MÁXIMA DE LOS CRÉDITOS FIJADOS EN LA CONVOCATORIA.

INFORME DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AYUDAS CONSECUENCIA DE LAS ALEGACIONES RECIBIDAS A LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE PARTICULARES SOBRE CONCESIÓN O DENEGACIÓN DE SUBVENCIONES A LA REGENERACIÓN Y OTRAS MEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS, ACOGIDAS AL DECRETO 22/2013, DE 5 DE MARZO.

INFORME COMPLEMENTARIO DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AYUDAS ACOGIDAS AL DECRETO 22/2013, DE 5 DE MARZO, POR EL QUE SE  ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A LA REGENERACIÓN Y OTRAS MEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS Y SE EFECTÚA LA PRIMERA CONVOCATORIA DE LAS MISMAS, E INCLUSIÓN DEL LISTADO ORDENADO DEFINITIVO DE LAS SOLICITUDES  PRESENTADAS POR LOS PARTICULARES.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE PARTICULARES SOBRE CONCESIÓN O DENEGACIÓN DE SUBVENCIONES A LA REGENERACIÓN Y OTRAS  MEJORAS EN TERRENOS ADEHESDOS.

Anuncio de 10 de junio de 2014 por el que se da publicidad al reajuste de anualidades previstas en la convocatoria de subvenciones para la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados, realizada mediante el Decreto 22/2013, de 5 de marzo.

ANUNCIO DE 10 DE JUNIO DE 2014, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE, POR EL QUE SE PUBLICAN INCIDENCIAS EN DETERMINADAS SOLICITUDES ACOGIDAS AL DECRETO 22/2013, DE 5 DE MARZO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A LA REGENERACIÓN Y OTRAS MEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS Y SE EFECTÚA LA PRIMERA CONVOCATORIA DE LAS MISMAS

DECRETO 22/2013, DE 5 DE MARZO, REGULADOR DE LAS SUBVENCIONES A LA REGENERACIÓN Y OTRAS MEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS

Decreto 92/2014, de 27 de mayo, por el que se modifica el Decreto 22/2013, de 5 de marzo, por el que se establece las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la primera convocatoria de las mismas.

ANUNCIO DE 8 DE ABRIL, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE, POR EL QUE SE PUBLICAN INCIDENCIAS EN DETERMINADAS SOLICITUDES ACOGIDAS AL DECRETO 22/2013, DE 5 DE MARZO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A LA REGENERACIÓN Y OTRAS MEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS Y SE EFECTÚA LA PRIMERA CONVOCATORIA DE LAS MISMAS.

INFORME DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AYUDAS ACOGIDAS AL DECRETO 22/2013, DE 5 DE MARZO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A LA REGENERACIÓN Y OTRAS MEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS Y SE EFECTÚA LA PRIMERA CONVOCATORIA DE LAS MISMAS, E INCLUSIÓN DEL LISTADO ORDENADO DEFINITIVO DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS POR LOS PARTICULARES.


Listado ordenado, de carácter definitivo, de las solicitudes de ayuda acogidas al Decreto 22/2013, de 5 de marzo, «por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la primera convocatoria de las mismas (D.O.E. nº 51, de 14 de marzo de 2013).


MODIFICACIÓN DEL LISTADO ORDENADO de carácter provisional, de las solicitudes de ayuda acogidas al Decreto 22/2013, de 5 de marzo, «por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la primera convocatoria de las mismas (D.O.E. nº 51, de 14 de marzo de 2013).


Propuesta de Resolución nº 3  de municipios. Convocatoria Decreto 22/2013 y primera convocatoria de las mismas.

Listado ordenado, de carácter provisional, de las solicitudes de ayuda acogidas al Decreto 22/2013, de 5 de marzo, «por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la primera convocatoria de las mismasNuevo Correción de errores.

Propuesta de Resolución nº 1 de municipios. Convocatoria Decreto 22/2013 y primera convocatoria de las mismas.

 Propuesta de Resolución nº 2 de municipios. Convocatoria Decreto 22/2013 y primera convocatoria de las mismas.

Anuncio de 19 de noviembre de 2013, de la Dirección General De Medio Ambiente, por el que se publican incidencias en determinadas solicitudes acogidas al decreto 22/2013, de 5 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la primera convocatoria de las mismas.

 Anuncio de 13 de diciembre de 2013, de la Dirección General De Medio Ambiente, por el que se publican incidencias en determinadas solicitudes acogidas al decreto 22/2013, de 5 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la primera convocatoria de las mismas.

Anuncio de 24 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Medio Ambiente, por el que se publican incidencias en determinadas solicitudes acogidas al Decreto 22/2013, de 5 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la primera convocatoria de las mismas.

Anuncio de 30 de agosto de 2013, de la Dirección General de Medio Ambiente, por el que se publican incidencias en determinadas solicitudes acogidas al Decreto 22/2013, de 5 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la primera convocatoria de las mismas.


Publicación de 12 de Julio de 2013, del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se hace público un listado de expedientes que no precisan la subsanación de la documentación administrativa y técnica presentada para la primera convocatoria de subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados
 
Anuncio de 19 de junio de 2013, de la Dirección General de Medio Ambiente, por el que se publican incidencias en determinadas solicitudes acogidas al decreto 22/2013, de 5 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la primera convocatoria de las mismas.

DESCRIPCIÓN

Es objeto del decreto 22/2013 es establecer, un régimen de subvenciones para las actuaciones a realizar para la regeneración y mejoras en los terrenos forestales adehesados de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Se consideran terrenos adehesados aquellas formaciones vegetales de alto valor natural características del paisaje extremeño, dotadas de una estructura arbórea abierta, poblada principalmente por especies del género Quercus, y de un estrato herbáceo o de matorral serial, las cuales son consecuencia de una forma tradicional de uso agrario sostenible compatible con el aprovechamiento silvopastoral extensivo.

Los módulos de las actuaciones subvencionables son las siguientes, las cuáles se detallan en el Anexo I del decreto:

 
a) Regeneración de terrenos adehesados.
b) Tratamientos selvícolas de mejora de la vegetación.
c) Mejora de pastizales.
d) Prevención de la “seca”.
e) Conservación de infraestructuras tradicionales en terrenos adehesados

FINANCIACIÓN

Las subvenciones acogidas a este decreto serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), dentro del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2007-2013, dentro del Eje prioritario 2 “mejora del medio ambiente y del entorno rural”, medida 2.2.7 “Ayudas a inversiones no productivas”, en un 70%, el resto cofinanciado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y el Gobierno de Extremadura.
 
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BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas titulares de alguna explotación con terrenos forestales adehesados, siempre que sean particulares o sus asociaciones, o bien municipios o asociaciones de municipios.
No podrán ser beneficiarias la Corona de España, las administraciones públicas estatal o autonómicas ni las empresas públicas o personas jurídicas cuyo capital pertenezca en un 50 % como mínimo a alguna de las instituciones mencionadas. 

Con antelación a dictarse la propuesta de resolución, los beneficiarios deberán tener inscritos a su favor en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura (REXA) los recintos referidos en la solicitud de subvención, o, en su defecto, tener solicitada dicha inscripción o su actualización con antelación a la finalización del plazo de solicitud. 
 
SUPERFICIES SUBVENCIONABLES

Los terrenos objeto de subvenciones deberán estar identificados en el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (en adelante, SIGPAC), en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con algunos de los siguientes códigos: forestal (FO), pasto con arbolado (PA) o pasto arbustivo (PR). También se admitirán los usos pastizal (PS) y tierras arables (TA) siempre que incluyan la incidencia 11 (árboles dispersos) y estos árboles se presenten en las densidades previstas en el decreto.

IMPORTE DE LAS AYUDAS

El importe máximo subvencionable por cada expediente se fija en 60.000 euros, siendo el mínimo de inversión para que se conceda la ayuda de 3000 €.En caso contrario se desestimará la solicitud.

DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE UNA AYUDA

1. Entrega de solicitudes y documentación (obligatoria y voluntaria): Las solicitudes se formularán en el impreso normalizado que estará a disposición de los interesados en los centros administrativos de la Dirección General del Medio Natural, Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, y a través del portal de Internet de la Consejería de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía a través de la iniciativa ARADO (http://aym.juntaex.es/tramites/arado/)

A la solicitud se adjuntarán los documentos que para cada orden de convocatoria se establezcan con carácter obligatorio, y los documentos voluntarios que podrán puntuar en la valoración de la solicitud. El contenido de las solicitudes es vinculante: no podrán modificarse con posterioridad al cierre del plazo de admisión.

El plazo de presentación solicitudes será de veinte días desde la entrada en vigor de la correspondiente orden de convocatoria.

2. Subsanación de solicitudes y documentación obligatoria: Para subsanar la solicitud y su documentación obligatoria acompañante se otorgará un plazo de 10 días hábiles.

 
3.Corrección de errores materiales de hecho o aritméticos
Cuando con la mera comparación formal entre la solicitud y los documentos aportados con la misma se advierta que existe alguna contradicción patente en el contenido de la solicitud, se admitirá que el solicitante corrija el error material, de hecho o aritmético padecido.

4. Fase de comprobación previa de los requisitos de las solicitudes

Las solicitudes se someterán a informes previos de los departamentos correspondientes.

5. Fase inicial de puntuación de las solicitudes: los criterios de puntuación de las solicitudes de ayudas son los siguientes:

a) Actuaciones solicitadas.
b) Superficie con un instrumento de gestión forestal.
c) Grado de cumplimentación de la documentación técnica de la solicitud de subvención.
d) Tipo de solicitante.
e) Localización en áreas protegidas de Extremadura o en lugares de importancia comunitaria.

6. Listado ordenado de las solicitudes
Una vez puntuadas las solicitudes presentadas, el órgano instructor confeccionará un listado ordenado de todas las solicitudes, con carácter provisional, y lo publicará en la siguiente dirección de Internet: http://extremambiente.gobex.es, también ordenará su inserción en los tablones de anuncios de las sedes de la Dirección General competente en materia forestal en Badajoz, Cáceres y Mérida.

7. Fase de instrucción

El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones resulten procedentes para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.

8. Reformulación de la solicitud a propuesta del órgano instructor

Cuando alguno de los informes solicitados según el artículo anterior fuera favorable solo en parte, el órgano instructor instará del solicitante, en un plazo de diez días, la modificación del contenido de su solicitud, a los solos efectos de excluir de la misma total o parcialmente algún trabajo que no pueda resultar subvencionable.

9. Acreditación de la explotación
Los datos alegados por el solicitante acerca de la descripción de la explotación y de su titularidad se podrán contrastar con los que figuren en el SIGPAC y en el REXA, respectivamente.

10. Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

En el momento previo a adoptarse la propuesta de resolución que proceda, se comprobará que el solicitante esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (con la hacienda estatal y con la autonómica) y frente a la Seguridad Social.

11. Propuesta de resolución

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe, de la comisión de valoración formulará y publicará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada.

12. Resoluciones
El órgano competente adoptará la resolución que proceda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 6/2011, y la notificará a los interesados, la cual pondrá fin a la vía administrativa contra la que podrá interponerse un  recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería competente en materia forestal

13. Información y publicidad de las subvenciones concedidas
El órgano concedente de la ayuda publicará en el “Diario Oficial de Extremadura” y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma los datos descriptivos de todas las subvenciones concedidas en el citado periodo.

14. Certificación y pago:
realizadas las comprobaciones oportunas y, en su caso, la comprobación sobre el terreno, se extenderá una certificación de los trabajos realizados conforme a la normativa, a la resolución aprobatoria, a las normas para la ejecución de los trabajos del anexo II y a los restantes requisitos exigibles. Posteriormente se dictará resolución de pago mediante una transferencia bancaria a la cuenta designada por el beneficiario.

FÓRMULAS APLICABLES A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES
 
Valoración de Ayudas

 

REFERENCIAS NORMATIVAS

DECRETO 22/2013, de 5 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a la regeneración y otras mejoras en terrenos adehesados y se efectúa la primera convocatoria de las mismas

GESTIÓN

Dirección General de Medio Ambiente. Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.

DESCARGA DE DOCUMENTOS PARA LA SOLICITUD
 
- COMUNICACIÓN DEL SOLICITANTE DE LAS SUBVENCIONES A LA REGENERACIÓN Y OTRAS MEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS DE LA INTENCIÓN DEL INICIO DE LOS TRABAJOS PREVIO AL OTORGAMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN.
- SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN Y PAGO DE SUBVENCIÓN A LA REGENERACIÓN Y OTRASMEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS, Y MEMORIA ECONÓMICA JUSTIFICATIVA.
- SOLICITUD DE PRORROGA DE SUBVENCIÓN A LA REGENERACIÓN Y OTRAS MEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS.
- SOLICITUD DE PAGO A FAVOR DE UN ACREEDOR DE SUBVENCIÓN A LA REGENERACIÓN Y OTRAS MEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS.
- SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DEL CONTENIDO DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN A LA REGENERACIÓN Y OTRAS MEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS.
- COMUNICACIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD Y SOLICITUD DE SUBROGACIÓN DEL EXPEDIENTE DE SUBVENCIÓN A LA REGENERACIÓN Y OTRAS MEJORAS EN TERRENOS ADEHESADOS.



 
 

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