[Noticia 29/03/2012] Convocadas las ayudas para el desarrollo sostenible de zonas protegidas |
El DOE publica el decreto regulador de estas ayudas que incluye la correspondiente convocatoria para este año con un presupuesto disponible de 1.286.261 euros. Los interesados cuentan desde mañana viernes con un plazo de 20 días hábiles para solicitarlas El Diario Oficial de Extremadura publica hoy el decreto por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante. El decreto incluye la convocatoria para este año con un presupuesto de 1.286.261 euros, y con un plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles que comienza a contar desde mañana viernes, día 30 de marzo. El objetivo de estas subvenciones es el mantenimiento y conservación de los recursos naturales con independencia de su titularidad o régimen jurídico, garantizando que la gestión se produzca sin merma de su potencialidad económica, social y medioambiental para satisfacer las necesidades de las generaciones futuras, así como garantizar la conservación de la biodiversidad que vive en estado silvestre, atendiendo preferentemente a la preservación de sus hábitats. El decreto establece dos líneas de ayudas; una para titulares de explotaciones agrarias (agrícolas o ganaderas); y la otra para titulares de explotaciones forestales. En cualquier caso la explotación agraria o forestal debe estar incluida en espacios de la Red Natura de Extremadura y otros parajes de alto valor natural. El importe máximo de la subvención concedida por beneficiario y convocatoria no podrá exceder de 30.000 euros. Las acciones que podrán recibir subvenciones son las relacionadas con la restauración y mantenimiento de zonas húmedas, mejora de hábitats agrícola en cultivos de secano, mejora de pastizales, cultivos de regadío, restauración de graveras, arreglo de tejados e instalación de nidos artificiales y de acequias tradicionales, entre otras. |
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