26 :: Abril :: 2024



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  REQUISITOS TÉCNICOS DE LOS CAT  


Las instalaciones de los centros autorizados para el tratamiento de vehículos al final de su vida útil (CAT) deben estar divididas, a efectos ambientales, en tres zonas principales claramente diferenciadas:

  • Zona de recepción.
  • Zona de descontaminación.
  • Zona de almacenamiento vehículos descontaminados.

Es recomendable minimizar el impacto visual de la instalación mediante la colocación de un cerramiento perimetral opaco o, en caso de ubicarse sobre suelo rústico, mediante la instalación de una pantalla vegetal perimetral suficientemente densa para garantizar el cumplimiento de su función.

ZONA DE RECEPCIÓN.
Superficie adecuada al número de vehículos a descontaminar (recomendable 6 m2/vehículo). No se deben apilar los vehículos, los cuales deberán descontaminarse en un  plazo no superior a 30 días. El pavimento debe ser impermeable (hormigón) y estar dotado de sistemas de recogida de derrames (sumideros) conectados con un equipo de tratamiento de aguas hidrocarburadas.

ZONA DE DESCONTAMINACIÓN.
Se debe disponer de zonas cubiertas, adecuadas al número de vehículos a descontaminar, con pavimento impermeable (hormigón) y con instalaciones para la recogida de derrames. No debe existir conexión a la red de saneamiento (arqueta ciega).

El almacenamiento de los residuos peligrosos generados en el proceso de descontaminación deberá cumplir las correspondientes prescripciones técnicas. Se debe disponer de depósitos adecuados para almacenar separadamente los combustibles, el aceite usado, líquidos de refrigeración, líquido de frenos, fluidos del aire acondicionado, baterías, filtros de aceite y combustible, así como cualquier otro residuo peligroso que se pueda generar en el proceso de descontaminación.


ZONA DE ALMACENAMIENTO DE VEHÍCULOS DESCONTAMINADOS.
Superficie adecuada al número de vehículos a almacenar (recomendable 6 m2/vehículo). No se debe apilar a más de dos alturas, excepto en caso de que disponga de los equipos adecuados de seguridad homologados (“estanterías”). Se dispondrá de viales internos que permitan el acceso de vehículos. El pavimento debe ser impermeable (hormigón) y estará dotado de sistemas de recogida de derrames (sumideros), conectados con un equipo de tratamiento de aguas hidrocarburadas.

El equipo de tratamiento de aguas hidrocarburadas estará dimensionados correctamente en función de las superficies de recogida, caudales y demás parámetros característicos del diseño. La red de saneamiento de aguas hidrocarburadas estará separada de la red de aguas sanitarias hasta la salida del separador. A la salida del equipo se instalará una arqueta de toma de muestras fácilmente accesible para el control del vertido. Se establecerán programas de mantenimiento periódico de modo que se garantice la eficacia de los equipos y la retirada de los residuos peligrosos en ellos separados. El programa de mantenimiento se ajustará a las características de cada sistema, y los residuos peligrosos (sólidos, lodos, aceites agua aceitosa y sus mezclas) retenidos por los separadores se entregarán a gestores autorizados. A su vez, se dispondrá de la correspondiente autorización de vertido: municipal, si el destino de las aguas tratadas es la red municipal de saneamiento, o del organismo de cuenca correspondiente, si el destino es el dominio público hidráulico (cauces, infiltración en el terreno, etc).

Por último, se  recuerda que los titulares de los centros autorizados deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
 

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