El Convenio de Aarhus en su artículo 10 impone a los Estados firmantes del mismo la obligación de elaborar el llamado Informe Nacional de Cumplimiento, que contiene las medidas adoptadas por todas las Administraciones Públicas para la aplicación del Convenio y de la Ley y los resultados de la ejecución de las mismas. Este informe deberá presentarse en la reunión ordinaria que las partes celebrarán cada dos años.
En el proceso de elaboración de cada uno de estos informes, están implicadas aquellas Administraciones Públicas cuyas actuaciones tengan repercusión sobre el medio ambiente, en este sentido hemos de decir que la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, en nombre de la Comunidad Autónoma de Extremadura ha participado activamente, informando periódicamente sobre nuestras actividades en esta materia y de la labor llevada a cabo para cumplir con los postulados del Convenio.
Actualmente se está elaborando el II Informe Nacional de Cumplimiento, que España debe remitir al Secretariado del Convenio 180 días antes de la próxima Conferencia de las Partes, que se celebrará el próximo mes de junio de 2011, en Chisinau (Moldavia), para ello, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, sometió a información pública el borrador de este segundo informe, con el fin de que se pudieran formular por los ciudadanos aquellas observaciones y comentarios que se estimen oportunos.
El Informe Nacional de Cumplimiento se constituye en un elemento vital para garantizar que se informe sobre las actividades que llevan a cabo las Partes en aplicación del Convenio.
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