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INFORMACIÓN RELATIVA A LA ORDEN DE 6 DE ABRIL DE 2009 POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA GESTIÓN SOSTENIBLE DE MONTES, CONSISTENTES EN TRABAJOS EN TRABAJOS DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES.
La orden de 6 de abril de 2009 convoca y establece el procedimiento de concesión de ayudas para parte de las actividades incluidas en la línea de ayudas denominada «recuperación del potencial forestal e implantación de medidas preventivas»» (Línea 3), establecida por el Decreto 201/2008, de 26 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la gestión sostenible de los montes.

Así, son objeto de esta convocatoria los trabajos de prevención de incendios forestales incluidos y aprobados en el Plan de Prevención contra Incendios Forestales de la zona de actuación, cuando dichos instrumentos sean obligatorios, o que se pretendan realizar en la zona de actuación, cuando no sea obligatorio contar con un Plan de Prevención contra Incendios Forestales. En concreto, las actividades subvencionables serán las siguientes:


CODIGO ACTIVIDAD
L3.2.1.A Creación de fajas auxiliares o fajas cortafuegos (corta de arbolado + roza mecanizada) con Fcc del arbolado > 50% y Fcc del matorral entre 50 y 75%
L3.2.1.B Creación de fajas auxiliares o fajas cortafuegos (corta de arbolado + roza mecanizada) con Fcc del arbolado > 50% y Fcc del matorral > 75%
L3.2.1.C Creación de fajas auxiliares o fajas cortafuegos (corta de arbolado + laboreo) con Fcc del arbolado < 50% con matorral
L3.2.1.D Creación de fajas auxiliares (laboreo) sin arbolado o con arbolado de diámetro > 18 cm
L3.2.2.A Creación de áreas cortafuegos (corta de arbolado + roza mecanizada) con Fcc del arbolado > 50% y Fcc del matorral entre 50 y 75%
L3.2.2.B Creación de áreas cortafuegos (corta de arbolado + roza mecanizada) con Fcc del arbolado > 50% y Fcc del matorral > 75%
L3.2.2.C Creación de áreas cortafuegos (corta de arbolado + laboreo) con Fcc arbolado < 50% con matorral
L3.2.2.D Creación de áreas cortafuegos (laboreo) sin arbolado o con arbolado de diámetro > 18 cm
L3.2.3.A Creación de fajas auxiliares o fajas cortafuegos (corta de arbolado + roza manual) con Fcc del arbolado > 50% y Fcc del matorral entre 50 y 75%
L3.2.3.B Creación de fajas auxiliares o fajas cortafuegos (corta de arbolado + roza manual) con Fcc arbolado > 50% y Fcc matorral > 75%
L3.2.3.C Creación de áreas cortafuegos (corta de arbolado + roza manual) con Fcc arbolado > 50% y y Fcc del matorral entre 50 y 75%
L3.2.3.D Creación de áreas cortafuegos (corta de arbolado + roza manual) con Fcc arbolado > 50% y Fcc matorral > 75%
L3.2.4.A Mantenimiento de fajas auxiliares, fajas cortafuegos o áreas cortafuegos (gradeo)
L3.2.4.B Mantenimiento de fajas auxiliares, fajas cortafuegos o áreas cortafuegos (manual)
L3.3.1.A Creación de punto de agua: Charca de 100 m3
L3.3.1.B Creación de punto de agua: Charca de 200 m3


SUPERFICIES SUBVENCIONABLES: TAMAÑO Y REQUISITOS.

La superficie mínima subvencionable es de 0,5 hectáreas y la máxima 75 hectáreas. La superficie debe estar identificada en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con alguno de los siguientes códigos: forestal (FO), pasto con arbolado (PA), pasto arbustivo (PR) y pastizal (PS).
Los códigos de declaración de las superficies en el Registro de Explotaciones Agrarias admisibles son los siguientes:

Acebuche (forestación)

Encinar (forestación)

Monte bajo

Pino (forestación)

Alcornoque

Encinar vuelo

Monte maderable

Pino piñonero (forestación)

Alcornoque (forestación)

Eucalipto

Nogal

Quejigo (forestación)

Alcornoque vuelo

Forestales

Nogal (forestación)

Reforestación

Castaño

Fresno

Pasto arbustivo

Roble

Castaño (forestación)

Fresno (forestación)

Pasto con arbolado

Roble melojo (forestación)

Chopo

Madroño (forestación)

Pastos

Roble vuelo

Encinar

Matorral

Pino

 

También serán códigos válidos los otorgados a las superficies inscritas de acuerdo con el formulario 20 (“Relación de parcelas en las que se solicita el pago de la prima de costes de mantenimiento y/o la prima compensatoria de la ayuda a la forestación”), debiendo el solicitante notificar por escrito las especies forestales así declaradas.

PRESUPUESTO Y FINANCIACIÓN.

El presupuesto para la línea de ayudas asciende a 1.500.000 euros (650.000 para ayuntamientos y 850.000 para particulares). Las ayudas serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural 2007-2013 (FEADER), siendo la tasa de cofinanciación aplicable del 63%.

BENEFICIARIOS

Las ayudas podrán ser concedidas a personas físicas o jurídicas que tengan inscrita o hayan solicitado la inscripción de la superficie objeto de ayudas (declarando el arbolado, en su caso) con anterioridad a la finalización del plazo de entrega de solicitudes de ayuda, en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (RExA). En cualquier caso, la superficie deberá aparecer inscrita en el RExA a favor del solicitante antes de dictarse la resolución estimatoria de subvención.

IMPORTE DE LAS AYUDAS.

El porcentaje máximo de la ayuda, sin superar los máximos establecidos en el anexo I del Decreto 201/2008, será del 80%.

PLAZO DE ENTREGA DE SOLICITUDES

El plazo para la admisión de solicitudes será del 9 al 28 de abril, ambos incluidos.

DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR CON LA SOLICITUD (original o copia compulsada o cotejada).

Documentos preceptivos que deben adjuntarse a la solicitud (originales o copias compulsadas o cotejadas).

Tipo de solicitante

Documentos

Todos

- “Altas de Terceros” del solicitante certificado y sellado por la entidad bancaria. Podrá sustituirse, por la Ficha del Tercero sellada por la Tesorería
- Copia de la resolución de aprobación del Plan de Prevención de Incendios Forestales en el que se incluya la superficie de actuación, si precisa disponer de este instrumento (así como copia de la evaluación de impacto ambiental que se haya adjuntado a la resolución aprobatoria del plan), o bien, declaración responsable del solicitante de que la superficie en la que se va a trabajar no pertenece a un terreno o explotación forestal para los que sea obligatorio contar con aquel plan (existe modelo).
- Cuando el solicitante de la ayuda no coincida con el titular y responsable de la ejecución del Plan de Prevención de Incendios Forestales, conformidad de éste para presentar la solicitud y, en su caso, ejecutar los trabajos (existe modelo)
- Copia de la inscripción en el REXA , si no se ha autorizado al gestor para su comprobación de oficio;  o copia de la solicitud de inscripción registrada en fecha anterior al plazo de finalización de entrega de solicitudes de ayuda, si se encuentra en tramitación la inscripción.
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (existe modelo)
- Hoja “resumen descriptivo de la superficie de trabajo solicitada” (existe modelo).

Persona física

ACTÚA EN NOMBRE PROPIO
Fotocopia del D.N.I. o autorización para la comprobación de oficio de los datos de identidad (existe modelo)
ACTÚA A TRAVÉS DE REPRESENTANTE:
- Fotocopias del D.N.I. del representante y del representado, o autorizaciones para la comprobación de oficio (existe modelo)
- Acreditación de la representación, según lo establecido en el artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre

Persona Jurídica

- Fotocopia del documento acreditativo de la constitución de la entidad,
- Fotocopia del documento comprensivo de las facultades del representante.
- Fotocopia del C.I.F. de la persona jurídica.
- Fotocopia del D.N.I. del representante, o bien autorización para la comprobación de oficio (existe modelo)

Asociación Forestal

-Certificado de figurar inscrita con antelación a la finalización del plazo de presentación de solicitudes en el Registro de Asociaciones de la Dirección General de Justicia e Interior de la Consejería de Administración Pública y Hacienda).
- Fotocopia del documento comprensivo de las facultades del representante.
- Fotocopia del C.I.F. de la persona jurídica.
- Fotocopia del D.N.I. del representante, o bien autorización para la comprobación de oficio (existe modelo)

Ayuntamientos

- Certificado expedido por el órgano competente según la normativa de régimen local en el que se indique el acuerdo de solicitar la ayuda, adoptado en fecha anterior a la finalización del plazo de admisión de solicitudes, y se designe a la persona que actuará como representante

Documentos voluntarios que pueden adjuntarse a la solicitud para mejorar su puntuación (original o copia compulsada o cotejada).

Circunstancia a acreditar

Documento

Inclusión de la zona de actuación en una superficie que cuente con una certificación forestal

Certificado expedido por la entidad correspondiente que acredite específicamente que los recintos, parcelas y polígonos mencionados en la solicitud se encuentran incluidos en una certificación “Programme for the Endorsement of Forest Certification” (PEFC, Programa para el Aval de la Certificación Forestal) o “Forest Stewardship Council” (FSC, Consejo de Administración Forestal).

Ser Asociación Forestal conforme al Decreto 201/200.

Certificado del secretario de la asociación, visado por su presidente, en el que se acredite que la asociación forestal cumple los requisitos establecidos por el artículo 3 del Decreto 201/2008 (modelo disponible).

La condición de agricultor a título principal (ATP):

Certificado de que el solicitante es considerado agricultor a título principal por la Dirección General de Política Agraria Comunitaria de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural.

La condición de explotación prioritaria:

Certificado que acredite específicamente los recintos, parcelas y polígonos mencionados en la solicitud que se encuentran incluidos en una explotación considerada prioritaria por la Dirección General de Política Agraria Comunitaria de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural.

La localización del domicilio legal del solicitante:

- Cuando se trate de una persona física, un certificado de empadrona­miento.
- Cuando se trate de una persona jurídica, copia de sus estatutos o docu­mentación similar.
En ambos casos se puede sustituir por la autorización para su comprobación de oficio (modelo disponible).

La localización del domicilio fiscal del solicitante:

- Cuando se trate de una persona física, la hoja correspondiente de la última declaración exigible del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
- Cuando se trate de una persona jurídica, la hoja correspondiente de la última declaración exigible del impuesto de sociedades.

Estos documentos no podrán subsanarse en ninguna fase del procedimiento por no ser requisitos de la solicitud. Para ser considerados en la valoración de la solicitud deberán estar expedidos y entregados entre la fecha de entrada en vigor de la orden de convocatoria y la fecha final de admisión de solicitudes. Solamente serán tenidos en cuenta los documentos emitidos antes de la entrada en vigor de la orden de convocatoria si, en virtud de su normativa específica, poseen validez temporal durante todo el periodo de presentación de solicitudes.

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA A INCORPORAR AL EXPEDIENTE TRAS VALORAR LAS PRIORIDADES

En todos los casos:

  • Memoria de las actuaciones que se pretenden realizar (en el modelo normalizado). La suscribirá el solicitante si la superficie solicitada es inferior o igual a veinticinco hectáreas; si la superficie es mayor, las firmará un técnico competente (tendrán tal consideración los ingenieros de montes y los ingenieros técnicos forestales).
  • Original y tres copias del plano extraído del SIGPAC, con todos los datos identificativos e información asociada (descripciones de recintos y parcelas), y con la zona o zonas de actuación claramente señaladas.
  • Original y tres copias de un plano de situación a escala 1:25.000, con coordenadas UTM, en el que deberán aparecer la finca completa y las superficies de actuación claramente delimitadas, con el acceso a las mismas marcado desde puntos fácilmente identificables.
  • Sólo cuando no se haya aprobado un Plan de Prevención de Incendios Forestales en el que se incluya la superficie de actuación Hoja de datos para la evaluación de impacto ambiental de las actividades para las que se solicita la subvención, en el modelo normalizado que se incluye como anexo VII.

Si se superan las 25 hectáreas:

Original y tres copias de un plano actualizado de la superficie de actuación correcta y ampliamente referenciada en sus límites, a escala 1:5.000 ó 1:10.000, con curvas de nivel a equidistancia máxima de diez metros, señalización clara de las zonas de actuación e incorporación de todas las referencias existentes sobre el terreno para su perfecta localización y delimitación. Este plano tendrá que estar firmado por un técnico competente.

Si se superan los 30.000 euros de coste de ejecución

Tres presupuestos para la ejecución de la obrar (artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones). Si el beneficiario hubiese elegido una propuesta que no fuera la económicamente más ventajosa, también deberá aportar una memoria justificativa de la elección.

REFERENCIAS NORMATIVAS

• Decreto 201/2008, de 26 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la gestión sostenible de los montes.
• Orden de 6 de abril de 2009 por la que se convocan ayudas para la gestión sostenible de los montes, consistente en trabajos de prevención de incendios forestales.

GESTIÓN

Dirección General del Medio Natural. Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, Carretera de San Vicente, nº 3, C.P. 06071 de Badajoz.
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal,, C/ Arroyo de Valhondo, nº 2, C.P. 10.071 de Cáceres.

 

 

 





 

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